Existe responsabilidad penal por delitos de lesa humanidad por parte del presidente y ministros correspondientes y de legisladores nacionales desde el 10 de diciembre de 2015, por los delitos de que han sido víctimas los procesados y condenados en los denominados juicios de “lesa humanidad”
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SUMARIO:1) INTRODUCCIÓN.
2) ANTECEDENTES.
3) LOS HECHOS DESDE EL 10 DE DICIEMBRE DE 2015.
3.1) Prevaricando.
3.2) Dictando sentencias fraudulentas.
4) EL DERECHO:
4.1) Acotación del tema.
4.2) Concepto de acción, omisión y comisión por omisión.
4.3) Conducta delictiva de los poderes Ejecutivo y Legislativo.
5) LA PRUEBA DE ESA CONDUCTA DELICTIVA:
5.1) La (no) aplicación del “2×1”.
5.2) La mentira y el escamoteo de la información como método.
5.3) La continuación del Estado en el rol de querellante.
5.4) La intervención directa del Poder Ejecutivo en los juicios.
5.5) El plan nacional de DDHH.
6) LA RESPONSABILIDAD DE LAS MÁXIMAS JERARQUÍAS DE LAS FFAA.
Fuente: Informador Público
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